La Orden SAN/1086/2020, de 14 de octubre, establece las siguientes medidas sobre control de acceso y aforo en los Cementerios:
.- En todo momento se deberá mantener la distancia interpersonal de, como mínimo, 1,50 metros.
.- Es obligatorio el uso de la mascarilla correctamente puesta, cubriendo nariz y boca.
.- Se ruega que, en beneficio de todos, permanezcan el menor tiempo posible en el recinto del Cementerio.
.- Se prohíben los grupos.
.- En las zonas cerradas solo podrán entrar de uno en uno o unidad familiar conviviente.
.- Por la seguridad de todos, el sentido común es el único medio que tenemos contra esta pandemia.

